Medio Oriente
Israel aprobó los principios del acuerdo con Líbano y su envío al Parlamento

Agencia AJN.- El gobierno israelí aprobó este miércoles los principios del acuerdo con el Líbano y la propuesta del primer ministro Yair Lapid para presentarlo ante el Parlamento (Knesset).
El acuerdo y las notas explicativas se presentarán esta noche en la Knesset y se presentarán al Comité de Asuntos Exteriores y Defensa. Al cabo de 14 días, el acuerdo será llevado al Gobierno para su aprobación, la ministra Ayelet Shaked se opuso al debate y el ministro Yoaz Handel se abstuvo.
Durante la reunión del gabinete, el Jefe de las Fuerzas de Defensa de Israel (FDI) Kojavi dijo a los ministros que “el acuerdo no se hizo debido a las amenazas de Hezbollah. Irán se opuso al mismo hasta el último momento y ejerció presión”.
Por su parte el titular del Servicio General de Seguridad (Shabak) Ronen Bar calificó al acuerdo como «algo que crea una ruptura entre Irán y Hezbollah». Además, se les dijo a los ministros que a finales de mes el presidente libanés dejará su cargo, por lo que es un oportunidad única.
Al finalizar la sesión anunció el primer ministro reemplazante, Naftali Bennet, que apoyará el acuerdo y expresó que «no es una victoria diplomática histórica, pero tampoco es una rendición terrible». Lo dijo luego de que criticara su aprobación previo a las elecciones e incluso considerara vetarlo.
El primer ministro Yair Lapid informó a los miembros de gobierno sobre la convocatoria del líder opositor Binyamin Netanyahu a una sesión informativa sobre el acuerdo.
[Excelencia], tengo el honor de escribirle en el contexto de las negociaciones para delimitar la frontera marítima entre la República del Líbano y el Estado de Israel (en adelante: colectivamente las «Partes» e individualmente una «Parte»).
El 29 de septiembre de 2020, los Estados Unidos de América enviaron a ambas Partes una carta (Anexo 1) a la que adjuntaron seis puntos que reflejaban su entendimiento de los términos de referencia para dichas negociaciones, incluida la solicitud de ambas Partes de que los Estados Unidos actuaran como mediadores y facilitadores para la delimitación de la frontera marítima entre las Partes, y el entendimiento mutuo de ambas Partes de que «cuando se acuerde finalmente la delimitación, el acuerdo sobre la frontera marítima se depositará en las Naciones Unidas».
A raíz de esa carta, se celebraron reuniones bajo la acogida del personal de la Oficina del Coordinador Especial de las Naciones Unidas para el Líbano («UNSCOL») en Naqoura y, además, los Estados Unidos llevaron a cabo consultas posteriores con cada una de las Partes. Tras estas conversaciones, los Estados Unidos entienden que las Partes tienen la intención de reunirse en un futuro próximo en Naqoura bajo la acogida del personal de la UNSCOL en una reunión facilitada por los Estados Unidos. Los Estados Unidos entienden, además, que [Líbano/Israel] está dispuesto a establecer su frontera marítima permanente y a concluir una resolución permanente y equitativa en relación con su disputa marítima con [Israel/Líbano] y, en consecuencia, acepta los siguientes términos, siempre que [Israel/Líbano] también acepte lo siguiente:
SECCIÓN 1
A. Las Partes acuerdan establecer una línea fronteriza marítima (el «MBL»). La delimitación de la LMB consiste en los siguientes puntos descritos por las coordenadas que figuran a continuación. Estos puntos, en datum WGS84, están conectados por líneas geodésicas:
Latitud: 33° 06′ 34.15″ N Longitud 35° 02′ 58.12″
Latitud E 33° 06′ 52.73″ N Longitud 35° 02′ 13.86″ E 3
Latitud 3° 10′ 19.33″ N Longitud 34° 52′ 57.24″ E
Latitud 33° 31′ 51.17″ N Longitud 33° 46′ 8.78″ E
B. Estas coordenadas definen la frontera marítima según lo acordado entre las Partes para todos los puntos hacia el mar desde el punto más oriental del MBL, y sin perjuicio del estatus de la frontera terrestre. Para no perjudicar el estatus de la frontera terrestre, se espera que la frontera marítima hacia tierra del punto más oriental del MBL se delimite en el contexto de la demarcación de la frontera terrestre por las Partes, o de manera oportuna. Hasta que se delimite esta zona, las Partes acuerdan que el statu quo cerca de la costa, incluso a lo largo de la actual línea de boyas y tal como está definida, sigue siendo el mismo, a pesar de las diferentes posiciones jurídicas de las Partes en esta zona, que sigue sin delimitarse.
C. Cada Parte presentará simultáneamente una comunicación que contenga la lista de coordenadas geográficas para la delimitación del MBL descrita en el párrafo A de esta Sección («comunicaciones de la ONU») en el formulario adjunto para cada una de las Partes (Anexo A y Anexo B) al Secretario General de las Naciones Unidas el día de la comunicación de los Estados Unidos descrita en la Sección 4(B). Las Partes notificarán a Estados Unidos cuando hayan presentado sus respectivas comunicaciones de la ONU.
D. Las coordenadas reflejadas en la respectiva comunicación de las Naciones Unidas de cada una de las Partes mencionada en la sección 1(C) sustituirán (i) las coordenadas de la presentación del 12 de julio de 2011 de Israel a las Naciones Unidas con respecto a los puntos denominados 34, 35 y 1 en dicha presentación, y (ii) el gráfico y las coordenadas de la presentación del 19 de octubre de 2011 del Líbano a las Naciones Unidas con respecto a los puntos denominados 20, 21, 22 y 23 en dicha presentación. Ninguna de las Partes presentará en el futuro cartas o coordenadas a las Naciones Unidas que sean incompatibles con el presente Acuerdo (en adelante: «Acuerdo»), a menos que las Partes hayan acordado mutuamente el contenido de dicha presentación.
E. Las Partes acuerdan que el presente Acuerdo, incluyendo lo descrito en la Sección 1(B), establece una resolución permanente y equitativa de su disputa marítima.
SECCIÓN 2
A. Las Partes entienden que existe un prospecto de hidrocarburos de viabilidad comercial actualmente desconocida que existe al menos parcialmente en el área que las Partes entienden que es el Bloque 9 del Líbano, y al menos parcialmente en el área que las Partes entienden que es el Bloque 72 de Israel, en adelante denominado «el Prospecto».
B. La exploración y la explotación del Prospecto se llevarán a cabo de acuerdo con las buenas prácticas de la industria petrolera sobre la conservación del gas para maximizar la recuperación eficiente, la seguridad operativa y la protección del medio ambiente, y cumplirán con las leyes y reglamentos aplicables en la zona.
C. Las Partes acuerdan que la entidad jurídica pertinente que ostente los derechos libaneses de exploración y explotación de los recursos de hidrocarburos en el Bloque 9 del Líbano («Operador del Bloque 9») consistirá en una o más empresas internacionales de reconocido prestigio que no estén sujetas a sanciones internacionales, que no obstaculicen la facilitación continua de los Estados Unidos y que no sean empresas israelíes o libanesas. Estos criterios también se aplicarán a la selección de cualquier sucesor o sustituto de dichas corporaciones.
D. Las Partes entienden que se espera que la exploración del Prospecto comience inmediatamente después de la entrada en vigor del presente Acuerdo. Las Partes esperan que el Operador del Bloque 9 explore y explote el Prospecto. Para ello, el Operador del Bloque 9 tendrá que transitar por algunas zonas al sur del MBL. Israel no se opondrá a las actividades razonables y necesarias, como las maniobras de navegación, que el Operador del Bloque 9 lleve a cabo inmediatamente al sur del MBL en pos de la exploración y explotación del Prospecto por parte del Operador del Bloque 9, siempre y cuando dichas actividades se realicen con la notificación previa del Operador del Bloque 9 a Israel.
E. Las Partes entienden que Israel y el Operador del Bloque 9 están entablando conversaciones por separado para determinar el alcance de los derechos económicos de Israel en el Prospecto. El Operador del Bloque 9 remunerará a Israel por sus derechos sobre cualquier yacimiento potencial en el Prospecto y, a tal efecto, Israel y el Operador del Bloque 9 firmarán un acuerdo financiero antes de la Decisión Final de Inversión («FID») del Operador del Bloque 9. Israel trabajará de buena fe con el Operador del Bloque 9 para garantizar que este acuerdo se resuelva en el momento oportuno. El Líbano no es responsable ni parte de ningún acuerdo entre el Operador del Bloque 9 e Israel. Cualquier acuerdo entre el Operador del Bloque 9 e Israel no afectará al acuerdo del Líbano con el Operador del Bloque 9 ni a la totalidad de sus derechos económicos en el Prospecto. Las Partes entienden que, sujeto al inicio de la implementación del acuerdo financiero, todo el Prospecto será entonces desarrollado por el Operador del Bloque 9 del Líbano exclusivamente para el Líbano, de acuerdo con los términos de este Acuerdo.
F. A reserva del acuerdo con el Operador del Bloque 9, Israel no ejercerá ningún derecho de desarrollo de los depósitos de hidrocarburos en el Prospecto y no se opondrá ni tomará ninguna medida que retrase indebidamente las actividades razonables para el desarrollo del Prospecto. Israel no explotará ninguna acumulación o depósito de recursos naturales, incluidos los hidrocarburos líquidos, el gas natural u otros minerales, que se extiendan a través del MBL en el Prospecto.
G. En caso de que sea necesaria la perforación del Prospecto al sur del MBL, las Partes esperan que el Operador del Bloque 9 solicite el consentimiento de las Partes antes de la perforación e Israel no denegará injustificadamente dicho consentimiento para la perforación realizada de conformidad con los términos del presente Acuerdo.
SECCIÓN 3
A. Si se identifica cualquier otra acumulación o depósito único de recursos naturales, incluyendo hidrocarburos líquidos, gas natural u otro mineral que se extienda a través del MBL que no sea el Prospecto, y si una de las Partes, al explotar esa acumulación o depósito, retira, agota o extrae la porción de la acumulación o depósito que está del lado de la otra Parte del MBL, entonces, antes de que se explote la acumulación o el depósito, las Partes tienen la intención de solicitar a los Estados Unidos que faciliten la comunicación entre las Partes (incluidos los operadores con derechos nacionales pertinentes para explorar y explotar los recursos), con el fin de llegar a un entendimiento sobre la asignación de derechos y la forma en que la acumulación o el depósito pueden ser explorados y explotados con mayor eficacia.
B. Cada una de las Partes compartirá con Estados Unidos los datos sobre todos los recursos actualmente conocidos, y los que se identifiquen posteriormente, a través de la MBL, incluyendo la expectativa de que los operadores pertinentes que operan a ambos lados de la MBL compartan dichos datos con Estados Unidos. Las Partes entienden que Estados Unidos tiene la intención de compartir estos datos con las Partes de manera oportuna tras su recepción.
C. Ninguna de las Partes tiene la intención de reclamar ninguna otra acumulación o depósito único de recursos naturales, incluidos los hidrocarburos líquidos, el gas natural u otros minerales, situados enteramente en el lado de la otra Parte del MBL.
D. Las Partes entienden que el gobierno de EE.UU. tiene la intención de ejercer sus mejores esfuerzos y empeños para facilitar las actividades petroleras inmediatas, rápidas y continuas del Líbano.
SECCIÓN 4
A. Las Partes tienen la intención de resolver cualquier diferencia relativa a la interpretación y aplicación del presente Acuerdo mediante discusiones facilitadas por los Estados Unidos. Las Partes entienden que Estados Unidos tiene la intención de hacer sus mejores esfuerzos trabajando con las Partes para ayudar a establecer y mantener una atmósfera positiva y constructiva para llevar a cabo las discusiones y resolver con éxito cualquier diferencia lo más rápidamente posible.
B. El presente Acuerdo entrará en vigor en la fecha en que el Gobierno de los Estados Unidos de América envíe una notificación, basada en el texto del Anexo D de esta carta, en la que confirme que cada Parte ha aceptado los términos aquí estipulados. Si lo anterior es aceptable para el Gobierno de [Líbano/Israel] como los términos finales acordados entre las Partes, el Gobierno de los Estados Unidos invita al Gobierno de [Líbano/Israel] a comunicar su acuerdo con estos términos mediante una respuesta formal por escrito, según lo previsto en el Anexo C adjunto a esta carta.
Medio Oriente
Irán dispara misiles más avanzados a medida que Israel suaviza las restricciones

Agencia AJN.- Los últimos lanzamientos de misiles iraníes no fueron inusual por la cantidad —alrededor de 30 misiles—, sino por el momento del día en que se produjo. Esta ofensiva fue una respuesta directa de la Guardia Revolucionaria al anuncio israelí de flexibilizar las directrices del Comando del Frente Interno, medida adoptada mientras Teherán se convertía en una ciudad fantasma, con centros comerciales desiertos y farmacias cerradas.
Los líderes iraníes comprenden que su imagen, especialmente en el plano interno, está en uno de sus puntos más bajos. No están dispuestos a permitir que el mundo vea a los israelíes paseando tranquilamente por centros comerciales mientras Teherán está paralizada. Esto coloca al gobierno israelí ante un dilema: por un lado, mantener directrices estrictas sería lo más seguro desde el punto de vista militar; por otro, endurecer las restricciones nuevamente —especialmente tras el ataque al Hospital Soroka— podría ser presentado por Irán como una victoria propagandística.
La Guardia Revolucionaria iraní anunció anoche el primer lanzamiento del misil balístico “Fatah 1”, presentado por Teherán hace dos años. A diferencia de los misiles convencionales, el Fatah 1 es un misil balístico de dos etapas, un diseño avanzado que utiliza un motor adicional que se activa en pleno vuelo, separando su cabeza de guerra y guiándola de forma más precisa al objetivo. Las estelas vistas en el cielo israelí confirmaron el uso de este nuevo tipo de misil. Si bien existen misiles aún más avanzados en el mundo, se trata de un salto tecnológico significativo por parte de Irán.
Todo esto ocurre mientras el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, parece desplegar una “cortina de humo” respecto a sus intenciones a futuro, utilizando a Israel como un “proxy”. Tradicionalmente, Israel conocía el término proxy por su uso por parte de Irán a través de milicias como Hezbollah o las fuerzas chiitas en Siria. Ahora, es Estados Unidos quien aplica la lógica proxy, pero a escala estatal y con armamento de élite. Israel es quien recibe los misiles, mientras Washington conserva capacidades como la bomba antibúnker GBU-57, capaz de destruir instalaciones nucleares fortificadas como Fordow.
Trump, en su segundo y último mandato, piensa en su legado. Primero aspiraba a lograr una normalización rápida entre Israel y Arabia Saudita, pero la guerra alteró esos planes. Con los golpes que Israel está propinando al régimen iraní, Trump no tiene prisa. Israel desea que Estados Unidos se sume rápidamente al enfrentamiento, pero para el presidente estadounidense, cada día que pasa debilita más al régimen de los ayatolás, y prefiere asegurarse de que, cuando actúe, el golpe sea definitivo.
Cualquier acción estadounidense sobre instalaciones nucleares iraníes generará inevitablemente represalias directas contra objetivos de Estados Unidos. Mientras Israel enfrenta ataques desde una distancia considerable, las bases estadounidenses en Irak, Catar, Emiratos Árabes Unidos y Bahréin están mucho más cerca del alcance de los misiles iraníes.
El resultado sería una escalada regional sin precedentes. Y aunque Jerusalem desea que parte de la presión iraní se desvíe hacia Estados Unidos, el riesgo de una guerra a gran escala en todo Oriente Medio es inminente si Washington decide intervenir directamente.
Fuente: Globes.
Medio Oriente
Las autoridades sanitarias controladas por Hamás afirman que los ataques israelíes abatieron a 44 palestinos

Agencia AJN.- El fuego israelí ha alcanzado hoy al menos a 44 palestinos en Gaza, muchos de los cuales intentaban conseguir alimentos, según informan las autoridades locales.
Al menos 25 personas que esperaban camiones de ayuda murieron por fuego israelí al sur de Netzarim, en el centro de la Franja de Gaza, según la autoridad sanitaria local dirigida por Hamás.
Las Fuerzas de Defensa de Israel afirman que sus tropas habían efectuado disparos de advertencia contra presuntos militantes que avanzaban en tropel hacia ellas.
A continuación, un avión israelí «atacó y eliminó a los sospechosos», afirma en un comunicado, en el que añade que tenía constancia de que otras personas habían resultado heridas en el incidente y que estaba llevando a cabo una revisión.
Por otra parte, médicos gazatíes dijeron que al menos otras 19 personas murieron en otros ataques militares israelíes en el enclave, entre ellas 12 personas en una casa de Deir Al-Balah, en el centro de la Franja de Gaza, lo que eleva el número total de víctimas mortales del viernes a al menos 44.
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